V?ctor M. Toledo
La Jornada
28 enero 2025
Tres acontecimientos de gran trascendencia ocurrieron en el pa?s durante los ?ltimos meses: la publicaci?n de una Ley de los Pueblos Ind?genas y Afromexicanos por el presidente Andr?s Manuel L?pez Obrador, justo el ?ltimo d?a de su sexenio; la publicaci?n del decreto del gobernador de Michoac?n el 24 de noviembre de 2024, anunciando igualmente una nueva ley para los pueblos ind?genas y afrodescendientes, y finalmente el Foro sobre Pueblos Ind?genas que tuvo lugar en Morelia el pasado 19 de enero, con una asistencia r?cord de entre 4 mil y 5 mil participantes pertenecientes a 64 de las 67 culturas originarias reconocidas por la lengua.
Antes de analizar estos tres aconteceres, debemos recordar que, seg?n el Censo de Poblaci?n y Vivienda de 2020, en el pa?s uno de cada cuatro mexicanos pertenece a alguna cultura originaria, lo que ubica a M?xico a la cabeza en este rubro en el continente americano.
Similarmente, el nuevo Atlas de la propiedad social de la tierra en M?xico 2024 se?ala que los pueblos ind?genas y comunidades equiparables detentan la mitad del territorio del pa?s, lo que constituye todo un legado de la civilizaci?n ?mesoamericana.
El decreto de Andr?s Manuel L?pez Obrador que reforma, adiciona y deroga el art?culo 2 de la Constituci?n Pol?tica de los Estados Unidos Mexicanos garantiza plenamente los derechos de los pueblos ind?genas y afromexicanos para ser reconocidos como sujetos de derecho p?blico con personalidad jur?dica y patrimonio propio (https://www.gob.mx/cms/uploads/ attachment/file/947760/DOF-2024-09-30-VES-SG.pdf).
Lo anterior queda garantizado en rubros tales como su derecho a decidir, conforme a sus sistemas normativos sus formas internas de gobierno, de convivencia y de organizaci?n social, econ?mica, pol?tica y cultural, as? como la regulaci?n y soluci?n de sus conflictos internos; que las mujeres y los hombres disfruten y ejerzan su derecho de votar y ser votados en condiciones de igualdad; preservar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, material e inmaterial, que comprende todos los elementos que constituyen su cultura e identidad, incluida la propiedad intelectual colectiva; construir modelos educativos de car?cter pluricultural; desarrollar, practicar, fortalecer y promover la medicina tradicional, incluida la parter?a; conservar y mejorar el h?bitat, y preservar la bioculturalidad y la integridad de sus tierras, incluidos sus lugares sagrados.
Por su parte, el decreto del gobernador de Michoac?n, Alfredo Ram?rez Bedoya, va a?n m?s lejos, pues, adem?s de lo anterior, deja garantizado el derecho a la consulta libre, previa, informada, culturalmente adecuada y de buena fe ante procesos que afecten sus territorios o sus formas comunales; su derecho a recibir asignaciones presupuestales de manera directa, sin pasar por los municipios; reconocimiento a los concejos comunales elegidos por asamblea, y reconocimiento a las rondas o guardias comunales (llamados kuarichas en lengua pur?pecha). A la fecha 42 pueblos ind?genas de Michoac?n ya disponen y disfrutan de esta nueva legislaci?n. En conjunto, estos dos decretos dan fe de los derechos colectivos a la autonom?a, el autogobierno, la autodeterminaci?n y la autodefensa, es decir, fortalecen el poder social y, de hecho, dan lugar a un cuarto poder m?s all? de las escalas federal, estatal y municipal.
Todo lo anterior fue festejado por los miles de participantes al foro celebrado en Morelia el pasado 19 de enero, que fue el m?s numeroso de los 54 efectuados en el pa?s, y que fue la culminaci?n de un largo proceso de consulta promovido por el Instituto Nacional de Pueblos Ind?genas (INPI) en los ?ltimos dos a?os.
En este evento, se puso de manifiesto la enorme energ?a colectiva existente y la m?stica prevaleciente en las ceremonias que se celebraron (aderezadas por los sonidos de una docena de caracoles). Mucho se discute en los c?rculos acad?micos la pertinencia de este cuarto poder, pues se argumenta que puede generar conflictividad con las decisiones de la escala municipal, o simplemente afectar y no favorecer a las poblaciones locales.
Sin embargo, vista desde la perspectiva civilizatoria, se trata de una forma de democracia participativa que empodera lo social frente a los poderes pol?ticos y econ?micos, y que cuestiona y denuncia a la democracia formal, representativa, dominante o electoral como una mera simulaci?n. V?ase por ejemplo el cap?tulo final de la obra de Luis Villoro El poder y el valor (FCE y El Colegio Nacional, 1997).
Lo mismo hacen David Graeber y David Wengrow en su libro El amanecer de todo (Ariel, 2023) al mostrar que constituye un mito pensar que las sociedades se hacen m?s civilizadas al volverse m?s complejas. Ellos reivindican de nuevo a los pueblos ind?genas. Juzguen los lectores lo aqu? presentado, analizado y comentado.